Factura de crédito: proponen llegar a $ 100.000 hacia fin de año

La factura de crédito electrónica, que iba a ser obligatoria para las grandes empresas que fueran clientes de pymes, fue una gran promesa que en este momento quedó desdibujada.

El aumento del monto mínimo a $ 6 millones para emitir Facturas de Crédito Electrónica dispuesto por la Resolución 10/2019 de la Secretaría de Simplificación Productiva del Ministerio de Producción y Trabajo, prácticamente congeló la posibilidad de que las pymes; accedan a plazos rápidos de obtener su cobro, recordó Sebastián M. Domínguez, de SDC Asesores Tributarios. Ahora, la Secretaría de Simplificación Productiva está trabajando en un nuevo cronograma de implementación de la factura de crédito electrónica con una baja gradual pero rápida de ese monto mínimo.

En ese sentido, la Secretaría a puesto a disposición el Proyecto de Resolución para que los actores involucrados en el régimen aporten sus comentarios y que puedan ser analizados. El cronograma de incorporación al régimen de las empresas grandes según el tipo de actividades desarrolladas no se modifica en el proyecto.

Es decir, se continúan con las mismas fechas de implementación que establece el Anexo de la Resolución 5/2019 de la Secretaría de Simplificación Productiva, remarcó Domínguez. El proyecto establece una baja paulatina del monto mínimo para emitir factura de crédito electrónica. Se pasa de $ 6 millones a $ 2 millones; luego a $ 1 millón, y finalmente a $ 100.000 en un término de 4 a 6 meses según las actividades de las empresas grandes.

En diciembre de 2019 ya se aplicaría el mínimo de $ 100.000 para todos los casos, señaló Domínguez, y añadió que este importe es el doble del que preveía la resolución, pero es razonable. La AFIP es la encargada de elaborar el nuevo listado de empresas grandes según las ventas de 2018, que aún no se publicó, subrayó Domínguez.

 

En relación al listado de compañías grandes, el proyecto de resolución en debate establece una modificación muy importante al definir desde qué fecha debe recibir la factura de crédito electrónica una nueva empresa que se incorpora a la nómina de los obligados. El proyecto indica que queda sujeta al régimen a partir del día 1 de septiembre posterior a la publicación del listado.

Respecto de las bajas del listado de empresas grandes, el proyecto establece que esas empresas dejarán de ser sujetos obligados recibir factura de crédito electrónica a partir del día 1 de julio posterior a la publicación de la actualización anual.

Sin embargo, y solamente por el año 2019, las empresas que se excluyan del nuevo listado que confeccione la AFIP; tomando en cuenta las ventas de 2018, quedarán automáticamente excluidas. Esto también es muy razonable debido a que no tiene sentido exigir a las empresas que adecuen sus sistemas para luego dejar de estar obligadas a recibir factura de crédito electrónico en el término de dos meses, expresó Domínguez.

El proyecto de Resolución de la Secretaría de Simplificación Productiva tornaría operativo al Régimen de Factura de Crédito Electrónica al disminuir en forma gradual pero rápidamente, los montos mínimos para emitir ese tipo de comprobante. Todos los actores del régimen deberán adecuar sus sistemas y procesos, especialmente las empresas grandes.

Fuente: 27 de Mayo de 2019 - El Cronista


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